Articulo 11 Deporte de Cantabria
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Artículo 11. Plan autonómico de medicina deportiva.

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A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, se elaborará un plan autonómico de medicina deportiva como instrumento de control médico preventivo, seguimiento, orientación y tutela sanitaria de los deportistas.

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  • Texto Original. Publicado el 11-07-2000 en vigor desde 12-07-2000