Articulo 11 Decreto-Ley7/2010,de28dediciembre,demedidasparapotenciarinversionese...dAutónomadeAndalucía
Articulo 11 Decreto-Ley7/...eAndalucía

Articulo 11 Decreto-Ley7/2010,de28dediciembre,demedidasparapotenciarinversionesempresarialesdeinterésestratégicoparaAndalucíaydesimplificación,agilizaciónadministrativaymejoradelaregulacióndeactividadeseconómicasenlaComunidadAutónomadeAndalucía.

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 11. Medio Ambiente.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


A las actuaciones declaradas de interés estratégico para Andalucía, les será de aplicación, en todo caso, el procedimiento abreviado previsto en el artículo 32 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, todo ello sin perjuicio de los plazos establecidos en la legislación básica del Estado.