Articulo 11 Coordinación de Policías Locales de Aragón
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Articulo 11 Coordinación de Policías Locales de Aragón

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Artículo 11. Régimen jurídico.

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Las Policías Locales se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, por la presente ley, por las normas marco que apruebe el Gobierno de Aragón, por los reglamentos municipales, así como por las disposiciones básicas y autonómicas de Régimen Local y Función Pública.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-09-2013 en vigor desde 25-09-2013