Articulo 11 Ciencia, tecnología e innovación de La Rioja
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»Artículo 11. Centros tecnológicos.
Vigente
Son entidades con personalidad jurídica propia, sin fines lucrativos, ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja que estatutariamente tengan por objeto mejorar la competitividad de las empresas y contribuir al desarrollo económico de su entorno mediante generación de conocimiento tecnológico y desarrollando actividades de I+D+I.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-04-2023 en vigor desde 26-04-2023