Articulo 11 bis desarroll...Tributaria

Articulo 11 bis desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

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Apartado undécimo bis

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1. Con dependencia directa de la Dirección General de la Agencia y rango de dirección adjunta, el Servicio de Gestión Económica tendrá a su cargo la administración de los recursos financieros y materiales y de los servicios auxiliares necesarios para el cumplimiento de sus fines por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2. El Servicio de Gestión Económica estará integrado por las siguientes Subdirecciones Generales:

Subdirección General de Presupuestos y Gestión Financiera.

Subdirección General de Contabilidad.

Subdirección General de Adquisiciones y Contratación.

Subdirección General de Bienes Inmuebles e Instalaciones.

3. El Servicio de Gestión Económica, a través de la Subdirección General de Contabilidad, actuará como servicio de contabilidad de la Agencia en los términos establecidos por el artículo 103.siete de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1990.

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