Articulo 11 Atención y Pr...olescencia

Articulo 11 Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia

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Artículo 11. El Consejo Regional de Infancia y Familia de Castilla-La Mancha.

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1. El Consejo Regional de Infancia y Familia de Castilla-La Mancha es el órgano colegiado, consultivo y de participación de las distintas entidades y asociaciones representativas en el ámbito de infancia y familia. Es igualmente, un instrumento de participación activa en las decisiones que les afecten y especialmente en la defensa de sus derechos y calidad de vida.

Reglamentariamente se determinará su composición, funciones y régimen de funcionamiento interno.

2. La dirección general competente en materia de infancia y familia informará anualmente al Consejo de cuantas actuaciones en materia de protección, ejecución de medidas judiciales y, en general, de cualquier otra actividad que esté orientada a la promoción, protección y atención a la infancia y las familias en Castilla-La Mancha.