Articulo 11 Arancel de derechos de los profesionales de la Procura
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»Artículo 11. Consignaciones y depósitos para recurrir por el ejercicio de la potestad jurisdiccional.
Vigente
Por la consignación, constitución y retirada de avales, depósitos y mandamientos judiciales de pago o de devolución, efectos públicos, acciones o valores, el profesional de la Procura interviniente percibirá la cantidad máxima de 15,00 euros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-05-2024 en vigor desde 02-05-2024