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Articulo 11 Agilización administrativa, gestión y control de los fondos del instrumento europeo «Next Generation EU»

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Artículo 11.- Organización de los recursos.

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1. Los departamentos y organismos públicos encargados de la gestión de proyectos financiados con fondos «Next Generation EU» organizarán los medios y recursos de conformidad con el instrumento de planificación estratégica aprobado y de acuerdo con los criterios establecidos en el presente título.

2. La cobertura de las necesidades de personal relacionadas con el incremento de carga de trabajo provocado por la gestión de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU» se realizará preferentemente con los efectivos del departamento u organismo encargado de su gestión. A tal efecto, las personas titulares de las secretarías generales técnicas u órganos asimilados de los departamentos y organismos públicos encargados de la gestión de los proyectos indicados en el apartado anterior impulsarán las acciones necesarias para la redistribución de personas y puestos de trabajo que permita agilizar la ejecución de los citados proyectos.

3. De acuerdo con la normativa básica aplicable en materia de movilidad del personal, así como en la normativa vigente en esta Administración autonómica en materia de provisión de puestos de trabajo, se emplearán preferentemente estos modos de provisión:

a) Redistribución de efectivos.

b) Reasignación de efectivos.

c) Atribución temporal de funciones.

d) Movilidad funcional.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-08-2021 en vigor desde 05-08-2021