Articulo 109 Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias
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Articulo 109 Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias

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Artículo 109. Cuota tributaria.

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La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:

Tarifa 1. Levantamiento de itinerarios: Por levantamiento de itinerarios: 70,00 euros por kilómetro. Se contará como kilómetro la fracción de éste.

Tarifa 2. Confección de planos: Por confección de planos: 1,40 euros por Ha. Se contará como hectárea la fracción de ésta.

Tarifa 3. Replanteo de planos: Por replanteo de planos: 140,00 euros por Kilómetro. Se contará como kilómetro la fracción de éste.

Tarifa 4. Deslinde de colindancias con Montes de Utilidad Pública: Por deslinde efectuado: 250,00 euros por kilómetro.

Se contará como kilómetro la fracción de éste.

Tarifa 5. Amojonamiento de colindancias con Montes de Utilidad Pública: Por amojonamiento efectuado: 225,00 euros por kilómetro. Los mojones necesarios y su instalación serán a cargo del solicitante. Se contará como kilómetro la fracción de éste.

Tarifa 6. Aprovechamientos forestales: señalamientos e inspecciones de productos maderables: Por árbol señalado o inspeccionado: 0,043 euros por árbol.

Exenciones: Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de esta tarifa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Tarifa 7. Aprovechamientos forestales: señalamientos e inspecciones de productos no maderables: Por superficie de señalamiento e inspección: 0,10 euros/ha.

Exenciones: Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de esta tarifa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Tarifa 8. Aprovechamientos forestales: cubicaciones e inventario de existencias de maderas en pie.

  1. Hasta 1.000 metros cúbicos o fracción: 0,3 euros por metro cúbico.

  2. Desde 1.000 metros cúbicos en adelante: 0,23 euros por metro cúbico.

Exenciones: Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de esta tarifa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Tarifa 9. Aprovechamientos forestales: cubicaciones e inventario de existencias de madera apeada.

  1. Hasta 500 metros cúbicos o fracción: 0,55 euros por metro cúbico.

  2. Desde 500 metros cúbicos en adelante: 0,42 euros por metro cúbico.

Exenciones: Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de esta tarifa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Tarifa 10. Aprovechamientos forestales: cubicaciones e inventario de existencias de corcho.

  1. Para corcho de reproducción, por árbol: 0,3 euros por árbol.

  2. Para bornizo, por árbol: 0,15 euros por árbol.

Exenciones: Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de esta tarifa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Tarifa 11. Aprovechamientos forestales: cubicaciones e inventario de existencias de leña y carbón vegetal.

  1. Hasta 1.000 estéreos o fracción: 0,15 euros por estéreo.

  2. Desde 1.000 estéreos en adelante: 0,12 euros por estéreo.

Exenciones: Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de esta tarifa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Tarifa 12. Aprovechamientos forestales: cubicaciones e inventario de existencias de productos de naturaleza superficial (plantas medicinales, aromáticas y otras, trufas y hongos, esparto, etc.,)

  1. Hasta 1.000 hectáreas o fracción: 0,15 euros por Ha.

  2. Desde 1.000 hectáreas en adelante: 0,12 euros por Ha.

Exenciones: Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de esta tarifa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Tarifa 13. Aprovechamientos forestales: cubicaciones e inventario de existencias de resinas y frutos arbóreos.

  1. Hasta 1.000 árboles: 0,30 euros por árbol.

  2. Desde 1.000 árboles: 0,23 euros por árbol.

Exenciones: Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de esta tarifa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Tarifa 14. Aprovechamientos forestales: reconocimientos finales de productos maderables con contada en blanco.

  1. Hasta 100 metros cúbicos o fracción: 0,45 euros por metro cúbico.

  2. Desde 100 metros cúbicos: 0,35 euros por metro cúbico.

Exenciones: Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de esta tarifa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Tarifa 15. Aprovechamientos forestales: reconocimientos finales de productos maderables sin contada en blanco.

Por hectárea o fracción: 0,85 euros.

Exenciones: Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de esta tarifa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Tarifa 16. Aprovechamientos forestales: reconocimientos finales de productos no maderables.

Por hectárea o fracción: 0,065 euros.

Exenciones: Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de esta tarifa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Tarifa 17. Valoraciones.

Por valoración: 200,00 euros.

Tarifa 18. Ocupaciones y permutas.

Por hectárea o fracción: 185,00 euros.

Exenciones: Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de esta tarifa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Tarifa 19. Cambios de cultivo de terreno forestal a agrícola.

Por hectárea o fracción: 10,00 euros.

Tarifa 20. Informes sobre montes, adaptados a la solicitud del interesado, con desplazamiento a campo.

  1. Por informe elaborado con una duración inferior a 7 horas: 200,00 euros.

  2. Por informe elaborado con una duración superior a 7 horas: 200,00 euros y 29,00 euros por hora adicional.

Exenciones: Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de esta tarifa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Tarifa 21. Informes sobre montes, adaptados a la solicitud del interesado, sin desplazamiento a campo.

  1. Por informe elaborado con una duración inferior a 7 horas: 60,00 euros.

  2. Por informe elaborado con una duración superior a 7 horas: 60,00 euros y 29,00 euros por hora adicional.

Exenciones: Las entidades públicas en su condición de sujeto pasivo quedan exentas del pago de esta tarifa en los montes de su propiedad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-12-2012 en vigor desde 02-12-2012