Articulo 109 Archivos y Documentos

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Artículo 109. Órganos sancionadores

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La imposición de las sanciones previstas en esta Ley corresponde a los siguientes órganos y autoridades:

a) La persona titular de la Dirección General competente en materia de archivos, gestión de documentos y patrimonio documental, cuando se trate de infracciones leves.

b) La persona titular de la Consejería competente en materia de archivos, gestión de documentos y patrimonio documental, cuando se trate de infracciones graves.

c) El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, cuando se trate de infracciones muy graves.