Articulo 1089 Código civil
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»Artículo 1089
Vigente
Las obligaciones nacen de la ley, de los contratos y cuasi contratos, y de los actos y omisiones ilícitos o en que intervenga cualquier género de culpa o negligencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-07-1889 en vigor desde 25-07-1889