Articulo 108 Reglamento G...as Armadas

Articulo 108 Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas

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Artículo 108. Incompatibilidades.

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Sin perjuicio del régimen general de incompatibilidades y del particular que se establezca en las normas de desarrollo de este reglamento, las prestaciones por servicios sociales y por asistencia social otorgadas por el

ISFAS serán incompatibles con otras prestaciones dispensadas o financiadas con fondos públicos en el tramo de su cuantía que resulte coincidente, siempre que estén destinadas a la misma finalidad y exista coincidencia en cuanto a sujetos y hechos causantes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2007 en vigor desde 27-12-2007