Articulo 108 Ordenacion del Territorio y Urbanismo de La Rioja
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»Artículo 108. Objeto.
Vigente
Las Normas Urbanísticas Regionales tienen por objeto establecer, para la totalidad de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la normativa de carácter general sobre protección y aprovechamiento del suelo, urbanización y edificación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-05-2006 en vigor desde 04-11-2006