Articulo 107 sobre la marca de la Unión Europea
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»Artículo 107. Referencia a los principios generales
Vigente
En ausencia de normas de procedimiento en el presente Reglamento, o en los actos adoptados en virtud del presente Reglamento, la Oficina atenderá a los principios de Derecho procesal generalmente admitidos en los Estados miembros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-06-2017 en vigor desde 06-07-2017