Articulo 107 Sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la PAC
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»Artículo 107. Controles específicos de la asistencia técnica financiada a tipo fijo.
Vigente
El control administrativo de la financiación a tipo fijo de la asistencia técnica consistirá en la verificación del cálculo y aplicación correcta del reembolso a tipo fijo.
En concreto, se comprobará que el gasto no vinculado a la asistencia técnica y que ha sido la base para el cálculo del reembolso se ha establecido correctamente y ha sido objeto de los controles administrativos correspondientes, que habrán puesto de manifiesto la legalidad y regularidad de dichos gastos, y la correcta aplicación del tipo fijo establecido.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2022 en vigor desde 01-01-2023