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Articulo 107 Servicios sociales de Cataluña

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Artículo 107. Infracciones graves.

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Son infracciones graves de los usuarios o beneficiarios de prestaciones las siguientes:

  1. Reincidir en la comisión de infracciones leves.

  2. Falsear datos a la Administración.

  3. No comunicar a la Administración los cambios o alteraciones de las circunstancias o de los requisitos que determinaron la concesión de la prestación.

  4. Producir daños en las instalaciones del centro.

  5. Alterar gravemente la convivencia en el centro.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-10-2007 en vigor desde 01-01-2008