Articulo 107 Reglamento d...al General

Articulo 107 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 107. Fecha de la vista oral

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Si el Tribunal General decide abrir la fase oral del procedimiento, el Presidente fijará la fecha de la vista oral.

2. En caso de que concurran circunstancias excepcionales, el Presidente podrá aplazar la vista oral, de oficio o a instancia motivada de una parte principal.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-04-2015 en vigor desde 01-07-2015