Articulo 107 Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales
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»Artículo 107. Órganos competentes.
Vigente
El Ministro de Justicia, mediante Orden Ministerial, procederá a la convocatoria y resolución de los concursos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los Secretarios Judiciales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-01-2006 en vigor desde 21-01-2006