Articulo 107 Igualdad efe... y hombres

Articulo 107 Igualdad efectiva entre mujeres y hombres

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Artículo 107. Identidad y orientación sexual.

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Las Administraciones públicas de Cantabria desarrollarán las medidas oportunas para garantizar el derecho a una atención sanitaria pública de calidad no condicionada por el estado civil, la identidad sexual o la orientación sexual.

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  • Texto Original. Publicado el 08-03-2019 en vigor desde 09-03-2019