Articulo 107 Estructuras agrarias

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Artículo 107. Cuantía de las sanciones

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Las infracciones previstas en este título se sancionarán:

a) Las infracciones leves con apercibimiento o multa de 200 hasta 600 euros.

b) Las infracciones graves con multa de 601 euros a 1.500 euros.

c) Las infracciones muy graves con multa de 1.501 euros a 6.000 euros.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-03-2019 en vigor desde 07-03-2019