Articulo 107 Estructuras agrarias
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»Artículo 107. Cuantía de las sanciones
Las infracciones previstas en este título se sancionarán:
a) Las infracciones leves con apercibimiento o multa de 200 hasta 600 euros.
b) Las infracciones graves con multa de 601 euros a 1.500 euros.
c) Las infracciones muy graves con multa de 1.501 euros a 6.000 euros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-03-2019 en vigor desde 07-03-2019