Articulo 106 Ordenacion d...e La Rioja

Articulo 106 Ordenacion del Territorio y Urbanismo de La Rioja

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Artículo 106. Modificaciones del planeamiento general municipal promovidas por lainiciativa particular.

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1. Los particulares podrán presentar propuestas de modificaciones puntuales del planeamiento general municipal.

2. Se entenderán desestimadas las solicitudes de tramitación de modificaciones promovidas por la iniciativa particular cuando, transcurrido el plazo de tres meses desde el ingreso del expediente completo en el Registro, no haya recaído resolución expresa. En la tramitación de estos expedientes no procederá la subrogación por la Comunidad Autónoma, salvo que concurran razones de especial interés público y social que lo justifiquen.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-05-2006 en vigor desde 04-11-2006