Articulo 106 Hacienda y Sector Público
Artículo 106. Presentación a las Cortes de Castilla y León.
Una vez aprobado, el proyecto de ley de presupuestos generales de la Comunidad para cada ejercicio, integrado por el articulado, los presupuestos a que se refiere el artículo 88, con sus correspondientes estados de ingresos y de gastos y los anexos, se remitirá a las Cortes de Castilla y León dentro del plazo establecido por el Estatuto de Autonomía. Irá acompañado, además de los documentos, informes y dictámenes que preceptivamente deben acompañar a todo proyecto de Ley, de la siguiente documentación:
El presupuesto consolidado.
Las memorias descriptivas de los programas de gasto, sus objetivos anuales y los indicadores de su cumplimiento con un avance del grado de cumplimiento de los del ejercicio corriente.
Una memoria explicativa de su contenido y de las principales variaciones que suponga el proyecto respecto de los presupuestos en vigor.
Un informe económico y financiero.
Un anexo de inversiones reales y financieras con expresión individualizada de los proyectos.
Un anexo de transferencias corrientes y de capital.
Un anexo de personal.
La liquidación del presupuesto del año anterior, un estado de ejecución del vigente y la cuenta consolidada de los presupuestos generales de la Comunidad.
Una memoria de los beneficios fiscales.
- Texto Original. Publicado el 09-05-2006 en vigor desde 29-05-2006