Articulo 106 Hacienda y Sector Público
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Artículo 106. Presentación a las Cortes de Castilla y León.

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Una vez aprobado, el proyecto de ley de presupuestos generales de la Comunidad para cada ejercicio, integrado por el articulado, los presupuestos a que se refiere el artículo 88, con sus correspondientes estados de ingresos y de gastos y los anexos, se remitirá a las Cortes de Castilla y León dentro del plazo establecido por el Estatuto de Autonomía. Irá acompañado, además de los documentos, informes y dictámenes que preceptivamente deben acompañar a todo proyecto de Ley, de la siguiente documentación:

  1. El presupuesto consolidado.

  2. Las memorias descriptivas de los programas de gasto, sus objetivos anuales y los indicadores de su cumplimiento con un avance del grado de cumplimiento de los del ejercicio corriente.

  3. Una memoria explicativa de su contenido y de las principales variaciones que suponga el proyecto respecto de los presupuestos en vigor.

  4. Un informe económico y financiero.

  5. Un anexo de inversiones reales y financieras con expresión individualizada de los proyectos.

  6. Un anexo de transferencias corrientes y de capital.

  7. Un anexo de personal.

  8. La liquidación del presupuesto del año anterior, un estado de ejecución del vigente y la cuenta consolidada de los presupuestos generales de la Comunidad.

  9. Una memoria de los beneficios fiscales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-05-2006 en vigor desde 29-05-2006