Articulo 106 Función pública de Extremadura
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 106. Concepto y modalidades de promoción interna.
Vigente
1. La promoción interna consiste, en el acceso desde un cuerpo, escala, especialidad o Agrupación Profesional, en su caso, a otro distinto, mediante un procedimiento específico.
2. Las modalidades de promoción interna serán la promoción interna vertical y la promoción interna horizontal.
3. En cada oferta de empleo público se reservará para procesos de promoción interna un número de plazas no inferior al diez por ciento del total de las vacantes que constituyen dicha oferta.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 10-04-2016