Articulo 106 Deporte de C. León -Derogada-
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»Artículo 106. El procedimiento abreviado o sumario.
Vigente
1. El procedimiento abreviado o sumario será aplicable para la imposición de las sanciones por infracción de las reglas del juego o de la competición, y deberá asegurar el normal desarrollo de la competición, así como garantizar el trámite de audiencia de los interesados y el derecho al recurso.
2. Dicho procedimiento deberá ser previsto por las normas estatutarias de las Federaciones Deportivas para las distintas modalidades deportivas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-04-2003 en vigor desde 24-04-2003