Articulo 105 Reglamento del IRPF
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»Artículo 105.-Ingreso a cuenta sobre otras rentas.
Vigente
La cuantía del ingreso a cuenta sobre las rentas en especie a las que se refieren los artículos 99 y 100 del presente Reglamento se calculará aplicando a su valor de mercado el porcentaje previsto en los mismos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-04-2014 en vigor desde 24-04-2014