Articulo 105 Código de accesibilidad
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»Artículo 105. Ámbito de aplicación
Vigente
Las prescripciones de este capítulo son de aplicación a los productos que estén al alcance del público en general, ya sea para ser utilizados directamente o para ser adquiridos para el consumo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-11-2023 en vigor desde 01-03-2024