Articulo 105 Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia
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»Artículo 105. Mediación para la conciliación y reparación.
Vigente
Las actuaciones de mediación para la conciliación y reparación del daño se realizarán de acuerdo con lo establecido en la Ley 1/2015, del Servicio Regional de Mediación Social y Familiar de Castilla-La Mancha.