Articulo 104 Promoción y acceso a la vivienda
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»Artículo 104. Extinción de contratos sobre viviendas protegidas de promoción pública adjudicadas en régimen de arrendamiento.
Vigente
Sin perjuicio del régimen sancionador sobre viviendas protegidas, la Administración autonómica podrá acordar la extinción de los contratos sobre viviendas protegidas de promoción pública adjudicadas en régimen de arrendamiento cuando concurra alguna de las causas establecidas en la normativa que resulta de aplicación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-04-2019 en vigor desde 07-05-2019