Artículo 103tricies tertricies Régimen específico de tasas
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»Artículo 103 tertricies. Sujeto pasivo.
Vigente
Son sujetos pasivos de la tasa las personas que solicitan la evaluación de la acreditación a que se refiere el hecho imponible.
Modificaciones
- Modificación realizada (103 tertricies (se añade)) por Ley 12/2012, de 26 de septiembre, de medidas tributarias para la reducción del déficit de la comunidad autónoma de las Illes Balears
(BOIB de 06-10-2012) en vigor desde 07-10-2012 - Texto Original. Publicado el 24-12-1998 en vigor desde 07-10-2012