Artículo 103quadragies quaterquadragies Régimen específico de tasas
Artículo 103 quaterquadragies. Cuota tributaria.
Los servicios complementarios y los de refuerzo, la prestación de los cuales constituye el hecho imponible, quedan grabados de la siguiente manera:
Concepto | Cuota | |
1. Tasas por servicios complementarios |
|
|
1.1 Servicio de alimentación (de 13.00 h a 14.00 h) | 120 €/mes | 6 €/día |
1.2 Servicio de primera acogida (de 7.30 h a 7.59 h) | 30 €/mes | 1,50 €/día |
1.3 Servicio de acogida (de 8.00 h a 8.45 h) | 21 €/mes | 1,05 €/día |
1.4 Servicio de recogida de 13.15 h a 14.00 h (sin comedor) | 21 €/mes | 1,05 €/día |
1.5 Servicio de recogida de 14.15 h a 15.00 h | 23 €/mes | 1,15 €/día |
1.6 Servicio de recogida de 15.15 h a 16.00 h | 46 €/mes | 2,30 €/día |
2. Tasas por servicios de refuerzo |
|
|
2.1 Curso de masaje (6 sesiones) | 3 €/sesión | |
2.2 Espacios familiares (10 sesiones semanales de 2 horas) | 12 € | |
2.3 Taller de familias (6 sesiones mensuales de 2 horas) | 12 € |
Los servicios de escolarización básica para el mes de julio, la prestación de los cuales constituye el hecho imponible, quedan grabados de la siguiente manera:
Concepto | Cuota |
1. Tasas por servicios educativos |
|
1.1 Jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h (niños de 1º de educación infantil) | 180 €/mes |
1.2 Jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h (niños de 2º y 3º de educación infantil) | 175 €/mes |
- Modificación realizada (103 quaterquadragies) por Decreto-ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario.
(BOIB de 29-08-2023) en vigor desde 29-08-2023 - Modificación realizada (103 quaterquadragies) por Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023
(BOIB de 31-12-2022) en vigor desde 01-01-2023 - Modificación realizada (103 quaterquadragies) por Ley 5/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2022
(BOIB de 30-12-2021) en vigor desde 01-01-2022 - Artículo modificado por Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2020
(BOIB de 31-12-2019) en vigor desde 01-01-2020