Articulo 103 TR de dispos... urbanismo

Articulo 103 TR. de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo

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Artículo 103. Ejecutividad.

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Los instrumentos de ordenación urbanística serán inmediatamente ejecutivos una vez publicados.

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  • Texto Original. Publicado el 27-04-2004 en vigor desde 28-04-2004