Artículo 103 ter Reglamento General de Recaudación
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»Artículo 103 ter. La Mesa de subasta.
Vigente
1. La Mesa estará compuesta por el presidente, el secretario y uno o más vocales, designados entre funcionarios en la forma que se establezca en la norma de organización específica.
2. Tratándose de subastas a las que se refiere el artículo 102.1 de este reglamento, se formará una única Mesa cuya composición será acorde con lo señalado anteriormente y que designará entre sus vocales representantes de los distintos órganos afectados.
3. En caso de subastas realizadas conforme al artículo 102.2 de este reglamento, entre los miembros de la Mesa habrá al menos un representante de cada órgano u órganos de recaudación competentes.
Modificaciones
- Modificación realizada (103 ter (se añade)) por Real Decreto 1071/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
(BOE de 30-12-2017) en vigor desde 01-01-2018 - Texto Original. Publicado el 02-09-2005 en vigor desde 01-01-2018