Articulo 103 Servicios sociales de C. León
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»Artículo 103. Los Consejos Provinciales de Servicios Sociales.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 5/2014, de 11 de septiembre, de medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
(BOCYL de 19-09-2014) en vigor desde 20-09-2014