Articulo 103 Reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa
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»Artículo 103. Modificación de la disposición transitoria octava de la Ley 12/2009
Vigente
Se modifica la disposición transitoria octava de la
"Octava
"Aprobación de los estatutos del Instituto Superior de las Artes
"El Gobierno debe aprobar, antes de la finalización del plazo de desarrollo de la presente ley, los estatutos del Instituto Superior de las Artes y debe publicar la relación circunstanciada de los centros superiores que se adscriben inicialmente, con las características, si procede, de cada adscripción."
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 31-12-2011