Articulo 103 Medidas fisc...nes de CO2

Articulo 103 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y creación de impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, estancias en establecimientos turísticos, elementos radiotóxicos, bebidas azucaradas envasadas y emisiones de CO2

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Artículo 103. Modificación de la tasa por las reproducciones de documentos de archivos

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1. Se modifica el epígrafe del capítulo VI del título VIII de la Ley de tasas y precios públicos, que queda redactado del siguiente modo:

«Capítulo VI. Tasa por las reproducciones de documentos de archivos»

2. Se modifica el artículo 8.6-1 de la Ley de tasas y precios públicos, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 8.6-1. Hecho imponible

»Constituyen el hecho imponible de la tasa la reproducción de documentos de los archivos siguientes y el uso comercial que se haga:

»a) Archivo Nacional de Cataluña.

»b) Archivos históricos provinciales.

»c) Archivos comarcales.

»d) Archivos de los museos adscritos al departamento competente en materia de cultura o a las entidades dependientes.

»e) Archivo del Centro de Restauración de Bienes Muebles de la Generalidad.

»f) Centro de documentación de la dirección general competente en materia de patrimonio etnológico y cultura popular.

»g) Biblioteca de Cataluña.»

3. Se modifica el epígrafe del apartado 1 del artículo 8.6-4 de la Ley de tasas y precios públicos, que queda redactado del siguiente modo:

«1. Reproducciones de microfilme.»

4. Se modifica el epígrafe del apartado 4 del artículo 8.6-4 de la Ley de tasas y precios públicos, que queda redactado del siguiente modo:

«4. Reproducciones de documentos audiovisuales enviadas por Internet o grabación (incluye el soporte).»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-03-2017 en vigor desde 31-03-2017