Articulo 103 Empleo Público
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»Artículo 103. La carrera vertical.
Vigente
La carrera vertical es la modalidad de carrera profesional que tiene las siguientes manifestaciones en el marco de lo establecido en esta ley y en su desarrollo reglamentario:
a) El ascenso en la estructura de puestos de trabajo por los procedimientos de provisión.
b) La consolidación del grado personal.