Artículo 103 duodecies Régimen específico de tasas
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»Artículo 103 duodecies. Hecho imponible.
Vigente
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de servicios derivada de la actividad docente en materia de enseñanzas deportivas del sistema educativo desarrollada por los centros educativos públicos de las Illes Balears.
Modificaciones
- Modificación realizada (103 duodecies (se añade)) por Ley 9/2008, de 19 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autonoma de las Illes Balears para el año 2009
(BOIB de 27-12-2008) en vigor desde 01-01-2009 - Texto Original. Publicado el 24-12-1998 en vigor desde 01-01-2009