Articulo 103 Deporte de Galicia
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»Artículo 103. Procedimiento disciplinario.
Vigente
La imposición de sanciones por la comisión de las infracciones previstas en el capítulo III del título VII de la presente ley se ajustará a los procedimientos que se contienen en el presente capítulo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-04-2012 en vigor desde 14-04-2012