Articulo 102 TR de la ley...dad social

Articulo 102 TR. de la ley general de la seguridad social

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Artículo 102. Procedimiento y plazos.

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1. El cumplimiento de las obligaciones que se establecen en los artículos anteriores se ajustará, en cuanto a la forma, plazos y procedimiento, a las normas reglamentarias.

2. La afiliación y altas sucesivas solicitadas fuera de plazo por el empresario o el trabajador no tendrán efecto retroactivo alguno. Cuando tales actos se practiquen de oficio, su eficacia temporal e imputación de responsabilidades resultantes serán las que se determinan en la presente Ley y sus disposiciones de aplicación y desarrollo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-06-1994 en vigor desde 01-09-1994