Articulo 102 Régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las...rvicios de inversión
Articulo 102 Régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión
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»Artículo 102. Requisitos de organización interna.
Vigente
1. Las empresas de servicios de inversión contarán con una estructura organizativa clara con líneas de responsabilidad bien definidas, transparentes y coherentes.
2. Las empresas de servicios de inversión contarán dentro de sus sistemas de gobernanza con:
a) Procedimientos eficaces de identificación, gestión, seguimiento y comunicación de los riesgos a los que estén o puedan estar expuestas las empresas de servicios de inversión o de los riesgos que ellas supongan o puedan suponer para terceros;
b) mecanismos adecuados de control interno, incluidos procedimientos administrativos y contables sólidos.