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Articulo 102 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2009 de la Generalitat

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Artículo 102. Del acceso de los funcionarios con habilitación de carácter estatal

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(DEROGADO)

Primero. Oferta de Empleo Público

1. Serán objeto de Oferta de Empleo Público las plazas vacantes reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal existentes en las Entidades Locales de la Comunitat Valenciana, debiendo reservarse un cupo no inferior al cinco por ciento de las mismas para ser cubiertas entre personas con discapacidad.

2. La competencia para aprobar dicha Oferta de Empleo Público corresponde al Consell y deberá ser publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Segundo. Selección

1. El ingreso en las subescalas en que se estructura la habilitación de carácter estatal se llevará a cabo mediante las pruebas selectivas que respetando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad permitan acceder a los cursos selectivos de formación.

2. Corresponde al Conseller competente en materia de Administración Local convocar en base a la Oferta de Empleo Público dichas pruebas selectivas, de conformidad con el procedimiento que se establezca reglamentariamente y conforme a las titulaciones académicas requeridas para el acceso y programas mínimos aprobados por la Administración del Estado.

Tercero. Sistemas de acceso

1. El acceso a la Subescala de Secretaria-Intervención se llevará a cabo mediante oposición.

2. El ingreso en las Subescalas de Secretaría y de IntervenciónTesorería se efectuará a través de la categoría de entrada mediante los sistemas de oposición o concurso-oposición en los términos previstos en la correspondiente convocatoria.

3. El acceso a la categoría superior se llevará a cabo mediante los siguientes procedimientos.

a) superación de pruebas de aptitud, previa convocatoria pública abierta a todos aquéllos funcionarios que posean la categoría de entrada para la mitad de las plazas a proveer.

b) por concurso de méritos entre funcionarios pertenecientes a la categoría de entrada para el resto de las plazas a proveer, que se resolverá por aplicación del baremo de méritos generales y autonómicos. Para participar se exigirá, en todo caso, tener al menos dos años de antigüedad en la categoría de entrada.

4. Se podrá reservar hasta un 50 % de las plazas vacantes para cubrir por el sistema de promoción interna.

Cuarto. Nombramiento

El Conseller competente en materia de administración local nombrará funcionarios de la subescala correspondiente a quienes superen las pruebas y el curso selectivo de formación

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