Articulo 102 Medidas fisc... Andalucía

Articulo 102 Medidas fiscales y administrativas 2003 de Andalucía

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Artículo 102. Hechos imponibles.

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Se modifica la letra c y se añade una letra f al artículo 110 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que quedarán redactadas de la siguiente forma:

  1. La tramitación de la solicitud de inscripción de la transmisión inter vivos o mortis causa de derechos de autor, de la transmisión de derechos de autores asalariados y de la transmisión de derechos de autor en los casos previstos en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.

  1. La tramitación de la solicitud de traslado de asientos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2003 en vigor desde 01-01-2004