Articulo 102 Función Pública Valenciana

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Artículo 102. Comunicación al Ministerio Fiscal

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Lo dispuesto en los artículos anteriores se entenderá sin perjuicio de dar conocimiento de los hechos al Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de infracción penal.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-04-2021 en vigor desde 20-05-2021