Articulo 102 Deporte y la Actividad Física
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»Artículo 102. Normativa aplicable
Vigente
1. Las disposiciones de este capítulo son aplicables a las actividades comprendidas dentro del ámbito de aplicación de esta ley y su normativa de desarrollo que se lleven a cabo en la Comunitat Valenciana.
2. En todo lo no regulado en la presente ley será de aplicación la legislación de la Generalitat en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-03-2011 en vigor desde 25-03-2011