Articulo 102 Cambio climático y la transición ecológica
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»Artículo 102. Objeto y naturaleza
Vigente
1. El impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica tiene por objeto gravar las emisiones de dióxido de carbono que produzcan aquellos vehículos matriculados a partir del 1 de enero de 2023.
2. Este tributo tiene carácter finalista y se destina a nutrir el Fondo para la Transición Ecológica.
Modificaciones
- Modificación realizada (102 (apdo. 1)) por CORRECCIÓN de errores de la Ley 6/2022, de 5 de diciembre, de la Generalitat, del cambio climático y la transición ecológica de la Comunitat Valenciana [2023/1058]
(DOGV de 02-02-2023) en vigor desde 10-12-2022 - Texto Original. Publicado el 09-12-2022 en vigor desde 10-12-2022