Articulo 102 Actividad Física y Deporte de Murcia
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»Artículo 102. Graduación de las multas.
Vigente
De conformidad con los criterios establecidos en los artículos anteriores, la sanción de multa podrá imponerse en los grados mínimo, medio y máximo.
a) Para las infracciones leves: entre 100 euros y 250 euros en su grado mínimo; de 251 euros a 500 euros en su grado medio y de 501 a 1000 euros en su grado máximo.
b) Para las infracciones graves: de 1001 a 2000 euros en su grado mínimo; de 2001 a 5000 euros en su grado medio; de 5001 a 10.000 euros en su grado máximo.
c) Para las infracciones muy graves: de 10.001 a 15.000 euros en su grado mínimo; de 15.001 a 20.000 de euros en su grado medio; de 20.001 a 50.000 euros en su grado máximo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-03-2015 en vigor desde 18-04-2015