Articulo 101 Puertos de Galicia

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Artículo 101. Publicidad del proceso selectivo

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1. En función de los puestos vacantes, Puertos de Galicia efectuará por resolución de la persona titular de la Presidencia convocatorias, que serán publicadas en el Diario Oficial de Galicia, al objeto de abrir los plazos de presentación de solicitudes de autorizaciones temporales de uso de puestos de atraque en base.

2. El pliego de bases de la convocatoria contendrá, al menos, los siguientes extremos:

a) La identificación de los puestos de atraque objeto de la convocatoria y los requisitos para participar en la misma.

b) Las esloras, mangas y, en su caso, calados máximos de las embarcaciones en función de la tipología del puesto de atraque.

c) Los criterios para su adjudicación y la ponderación de los mismos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-12-2017 en vigor desde 14-06-2018