Articulo 101 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
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»Artículo 101
Vigente
Hay que modificar el artículo 11 de la Ley 8/2016, de 28 de octubre, de la Generalitat, de Incompatibilidades y Conflictos de Intereses de Personas con Cargo Público No Electos, que queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 11. Personal El personal adscrito a la Oficina de Control de Conflictos de Intereses será en todo caso personal funcionario de carrera, y la provisión ordinaria de los puestos de trabajo adscritos al servicio se hará, siempre, por concurso de méritos a través de la convocatoria pública en el DOGV.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2016 en vigor desde 01-01-2017