Articulo 101 Medidas Fisc...eneralitat

Articulo 101 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2009 de la Generalitat

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Artículo 101

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Del régimen del silencio administrativo en los procedimientos de autorización administrativa y funcionamiento de los establecimientos de óptica de la Comunitat Valenciana establecidos en el Decreto 41/2002 de 5 de marzo del Consell, respecto a su artículo 10.2, cuya última parte queda así redactada

«El plazo para la resolución de los procedimientos, objeto de regulación por el presente reglamento, es de seis meses, contados a partir de la fecha de entrada de la solicitud en la Conselleria de Sanidad. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo»

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  • Texto Original. Publicado el 30-12-2009 en vigor desde 01-01-2010