Articulo 101 Derecho a la vivienda
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»Artículo 101. Principios de la potestad sancionadora.
Vigente
En la imposición de sanciones previstas en la presente ley se observarán los principios de la potestad sancionadora previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-09-2010 en vigor desde 08-09-2010